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Tribunal de Bogotá responsabiliza a Caracol Televisión por accidente de participante en el ‘Desafío’

La reciente decisión del Tribunal Superior de Bogotá ha marcado un precedente al declarar ineficaz la cláusula contractual que eximía de responsabilidad a Caracol Televisión en el caso de los ...

La reciente decisión del Tribunal Superior de Bogotá ha marcado un precedente al declarar ineficaz la cláusula contractual que eximía de responsabilidad a Caracol Televisión en el caso de los daños sufridos por Ángela Gisela Ordóñez Vinasco, quien resultó con un trauma craneoencefálico severo durante la grabación del reality El Desafío.

La exparticipante, perteneciente a la categoría “Los rebuscadores”, sufrió el accidente el 18 de julio de 2006 mientras realizaba una prueba en bicicleta. El Tribunal determinó que el circuito no ofrecía condiciones mínimas de seguridad.

La mujer perdió el control del vehículo por el mal estado del terreno y la falta de elementos de protección, como casco o rodilleras. Tras el accidente, la mujer sufrió secuelas neurológicas y físicas permanentes que redujeron su capacidad laboral en un 66,78%. Además, su deterioro cognitivo derivó en la pérdida de la custodia de su hijo menor.

Por lo anterior, el fallo determinó que la productora es civilmente responsable por los perjuicios ocasionados, tras concluir que la empresa no implementó las medidas de seguridad necesarias en la prueba, donde la exparticipante resultó gravemente accidentada en bicicleta.

El magistrado Juan Carlos Cerón Díaz, integrante de la Sala Sexta Civil de Decisión, revocó la sentencia previa del Juzgado 45 Civil del Circuito, que había fallado en primera instancia.

En su análisis, el tribunal consideró que la cláusula de exoneración de responsabilidad, incluida en el ‘Anexo de Condiciones Generales’ del contrato entre Caracol Televisión S.A. y Ordóñez, vulneraba los principios de orden público, buena fe objetiva y equilibrio contractual.

“Dicha estipulación, al pretender una exoneración total y anticipada de responsabilidad por cualquier daño físico, psíquico, psicológico o patrimonial, vulnera de manera directa los límites que el ordenamiento jurídico impone a la autonomía de la voluntad”, señaló el fallo.

El Tribunal de Bogotá indicó que la productora incumplió sus deberes de diligencia y previsión, al no adoptar las precauciones necesarias para garantizar la seguridad de los participantes en las pruebas. Esta omisión fue determinante en el accidente sufrido por Ángela Gisela Ordóñez Vinasco, lo que llevó a la decisión de establecer la responsabilidad civil del canal por los daños ocasionados tanto a la demandante como a su hijo menor.

Además, la sentencia enfatizó que las cláusulas contractuales que buscan liberar a una empresa de su responsabilidad por daños que afectan la vida o la dignidad humana son contrarias a la buena fe y al orden público.

“Las cláusulas que pretenden liberar a una empresa de su responsabilidad por daños que comprometen la vida o la dignidad humana, resultan contrarias a la buena fe y al orden público”, destacó el tribunal en su decisión.

Por estos hechos, la Sala Sexta Civil de Decisión ordenó a Caracol Televisión indemnizar a Ordóñez con $40 millones y a su hijo, Miguel Ángel Pulido Ordóñez, con $15 millones como compensación por los perjuicios morales ocasionados. El Tribunal impuso además el pago de costos procesales en ambas instancias.

Con esta resolución, el Tribunal Superior de Bogotá sienta una postura clara sobre los límites de las exoneraciones de responsabilidad en contratos de participación en programas televisivos, reafirmando la protección de los derechos fundamentales de los participantes y la obligación de las productoras de garantizar condiciones seguras durante la realización de sus actividades.

Fuente: https://www.infobae.com/colombia/2025/10/21/tribunal-de-bogota-responsabiliza-a-caracol-television-por-accidente-de-participante-en-el-desafio/

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