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La magistrada Leonor Oviedo no estuvo de acuerdo con fallo del Tribunal Superior de Bogotá en caso del expresidente Uribe

La magistrada María Leonor Oviedo Pinto, integrante del Tribunal Superior de Bogotá, manifestó públicamente su desacuerdo con la decisión que absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez en ...

La magistrada María Leonor Oviedo Pinto, integrante del Tribunal Superior de Bogotá, manifestó públicamente su desacuerdo con la decisión que absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez en el proceso por fraude procesal y soborno en actuación penal.

Tras la lectura del fallo, Oviedo precisó: “La sentencia de primera instancia debió confirmarse en su totalidad”, dando a entender que mantenía su postura sobre la responsabilidad penal del exmandatario.

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Según Noticias Caracol, la magistrada señaló que estaba conforme con la negativa de declarar la nulidad del proceso y de excluir la interceptación de las comunicaciones del abogado Diego Cadena. Sin embargo, subrayó que, a su juicio, “en la conducta del procesado Álvaro Uribe Vélez se subsumen los tipos penales de soborno en actuación penal y fraude procesal”.

Oviedo afirmó: “Es mi posición, contrario a lo resuelto en la decisión de la que me aparto y la catalogo como atípica”.

Uno de los principales cuestionamientos de Oviedo se centró en la exclusión de las interceptaciones telefónicas al exmandatario, consideradas clave en el expediente. Para la magistrada, estas grabaciones “deben conservar la validez y la eficacia”.

Agregó: “No advierto qué es lo que permita predicar ilicitud o ilegalidad como aptitud para admitir esos productos, pues existió una decisión escrita como competencia funcional”.

Oviedo criticó que la decisión mayoritaria del Tribunal no haya desarrollado las excepciones previstas en la ley para admitir pruebas, como la fuente independiente, el vínculo atenuado y el descubrimiento inevitable.

En su análisis, recalcó la relevancia de la interceptación al teléfono de Cadena, interlocutor principal del exmandatario.

“Para la suscrita no tiene fundamento alguno excluir las interceptaciones que la sala especial de instrucción de la Corte ordenó el 7 de marzo de 2018”, concluyó la togada, dejando expuestas sus diferencias jurídicas frente al fallo absolutorio.

Fuente: https://www.infobae.com/colombia/2025/10/21/la-magistrada-leonor-oviedo-no-estuvo-de-acuerdo-con-fallo-del-tribunal-superior-de-bogota-en-caso-del-expresidente-uribe/

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